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CRIMEN ORGANIZADO: A MAYOR PELIGRO, MAYOR CASTIGO

Aurelio Pastor Validivieso

Socio fundador de Aurelio Pastor & Abogados.

Abogado – Ex ministro de Justicia.

www.estudiopastor.pe

La propuesta del Ejecutivo de establecer un marco legal que permita declarar a las organizaciones criminales como organizaciones terroristas parte de una preocupación legítima: la criminalidad organizada ha alcanzado niveles de violencia que exigen nuevas y más eficaces herramientas del Estado.

No toda organización criminal tiene las mismas características ni representa el mismo nivel de amenaza. Por ello, una respuesta eficaz requiere distinguirlas adecuadamente y asignar a cada una las herramientas necesarias para combatirlas.

Una alternativa sería establecer legalmente tres categorías diferenciadas.

La primera comprendería a las organizaciones criminales, sometidas al régimen general de criminalidad organizada: estructuras dedicadas de manera estable a delitos como tráfico ilícito de drogas, lavado de activos, minería ilegal, trata de personas, corrupción, robos u otras actividades ilícitas.

Una segunda categoría debería reconocer a las organizaciones criminales de alta peligrosidad. Aquí ingresarían aquellas que, por su capacidad económica, armamento, número de integrantes, control territorial, penetración institucional, carácter transnacional, utilización sistemática del sicariato o capacidad para desafiar a las autoridades, representan una amenaza especialmente grave para la seguridad ciudadana.

Finalmente, debería existir una tercera categoría: las organizaciones criminales de alta peligrosidad que utilizan métodos terroristas.

La diferencia es fundamental. Se trataría de organizaciones que no solamente delinquen o ejercen violencia para obtener beneficios económicos, sino que utilizan sistemáticamente atentados, explosivos, asesinatos demostrativos u otros actos de violencia grave para generar terror colectivo y, mediante ese temor, someter a una población, controlar territorios o imponer sus decisiones.

Una organización que extorsiona a un comerciante es criminal. Una estructura que controla mediante sicarios amplias zonas de una ciudad puede ser una organización criminal de alta peligrosidad. Aquella que coloca explosivos en buses, asesina conductores y amenaza públicamente con continuar los atentados hasta que todo un gremio pague cupos está utilizando el terror como método de dominación.

¿Para qué establecer esta clasificación? Para que cada nivel de peligrosidad tenga consecuencias jurídicas diferentes. La gravedad de la respuesta del Estado debe corresponder a la gravedad de la organización que enfrenta. Esta clasificación debe permitir establecer sanciones penales progresivamente más severas y regímenes penitenciarios diferenciados, particularmente para cabecillas e integrantes de organizaciones de alta peligrosidad y de aquellas que utilizan métodos terroristas.

El Perú necesita recuperar el principio de autoridad y derrotar a quienes pretenden imponer sus propias reglas mediante la violencia y el miedo. Un Estado fuerte identifica con precisión a quién enfrenta y responde proporcionalmente a su peligrosidad. A mayor peligrosidad, mayor sanción y mayor rigor penitenciario. Ese debe ser el propósito de esta clasificación.

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